lunes, 30 de junio de 2014

Avala Legislatura Mexiquense Reformas Secundarias en Materia Electoral
















La LVIII Legislatura mexiquense reformó la legislación secundaria en materia política-electoral que integra el Código Electoral del Estado de México, entre otras reformas a diversos ordenamientos, con lo que se armoniza con la modificación a la Constitución local del pasado 14 de junio, con la Carta Magna de la nación y con la legislación federal en la materia.

En sesión del Décimo Periodo Extraordinario, que preside el diputado Everardo Pedro Vargas Reyes (PRI), el legislador Enrique Mendoza Velázquez (PRI), presidente de la Comisión de Asuntos Electorales, leyó el dictamen correspondiente, que se integró por iniciativas de diputados de diversos Grupos Parlamentarios y del titular del Ejecutivo estatal.

Previo a su aprobación, el legislador Octavio Martínez Vargas (PRD) destacó que durante el análisis de las iniciativas y la dictaminación se privilegió el diálogo, el oficio político y la apertura. En este sentido, reconoció a los presidentes de las comisiones dictaminadoras por atender los planteamientos de los diferentes Grupos Parlamentarios.

Destacó que se integró al proyecto de decreto la creación de una Unidad Técnica Fiscalizadora para el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) con carácter de permanente; que se fortalecen las candidaturas ciudadanas y se garantiza el derecho a votar y ser votado; se dota de nueva estructura al IEEM y se fortalece su autonomía, además de que se adoptaron la consulta ciudadana y el referéndum.

Apuntó como faltantes la concurrencia de elecciones, otorgar facultades al Instituto Electoral para organizar elecciones de autoridades auxiliares en los municipios, rediseñar la fórmula de asignación de diputados y prohibir la transferencia de votos y analizar la reelección.

Entre otros aspectos, la reforma constitucional que dio origen a las modificaciones a las leyes secundarias establece que el Instituto electoral cuente con una Contraloría General adscrita al Consejo General, que tendrá a su cargo la fiscalización de las finanzas y recursos que éste ejerza y conocerá de las responsabilidades administrativas de sus servidores públicos. Asimismo, que la Legislatura estatal se renovará en su totalidad cada tres años y los diputados podrán ser electos de manera consecutiva hasta por cuatro periodos; mientras que los miembros de los ayuntamientos durarán en sus funciones tres años y podrán ser reelectos, de forma consecutiva, por un periodo similar.

También que cada partido político en lo individual, independiente de participar coaligado, deberá garantizar la paridad entre los géneros, en las candidaturas locales correspondientes, y se establece que el partido político que no obtenga al menos tres por ciento de la votación válida emitida en la elección para gobernador o diputados, le será cancelado el registro. Este mismo porcentaje deberán obtener para tener derecho a participar en la asignación de diputados de representación proporcional en la elección para diputados.

En cuanto a las campañas, la duración máxima será de 60 días para la elección de gobernador y de 35 días en el caso de diputados locales o ayuntamientos. Las precampañas no podrán durar más de las dos terceras partes de las respectivas campañas electorales.

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