miércoles, 17 de julio de 2013

Otorga ley de Casas de Empeño seguridad jurídica a los usuarios
















Con la Ley que regula las Casas de Empeño en el Estado de México, aprobada por la LVIII Legislatura mexiquense en su Quinto Periodo Extraordinario de Sesiones, ninguna persona física o jurídica colectiva podrá dedicarse a este negocio sin haber obtenido previamente permiso para ello, además de que los establecimientos están obligados a informar a los consumidores los términos y condiciones de los contratos, incluyendo costos e intereses.

Ante el aumento de este tipo de empresas privadas, los legisladores mexiquenses analizaron y dictaminaron la iniciativa respectiva, que regula la apertura y funcionamiento de este tipo de negocios y establece que los usuarios deberán acreditar la propiedad del bien en prenda, cuando el monto del préstamo exceda los tres mil pesos.

El nuevo ordenamiento propuesto por el gobernador, Eruviel Ávila Villegas, a la Legislatura estatal, obliga a estos negocios a tener en su publicidad o en todos sus establecimientos abiertos al público, de manera permanente y visible, una pizarra de anuncios o un medio electrónico informativo que detalle de manera clara a los consumidores los términos y condiciones de dichos contratos, en la que se incluyan costos e intereses, de forma diaria y mensual totalizado.

Además, será motivo de clausura y cancelación del permiso, cuando el permisionario cometa acciones fraudulentas realizadas con motivo de las actividades señaladas por el nuevo ordenamiento y, sin causa justificada, suspenda las operaciones del establecimiento autorizado al público por más de 30 días naturales.

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