viernes, 2 de julio de 2021

Tribunal revoca una suspensión a la Reforma Eléctrica

CDMX, 2 julio 2021.- El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones revocó una de las suspensiones definitivas de la Ley de Industria Eléctrica este jueves.

Según el Consejo de la Judicatura, dicho tribunal consideró que la suspensión no es autoaplicativa, lo que significa que su simple entrada en vigor no causa un perjuicio contra los participantes del mercado.
El órgano colegiado expuso que la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica tiene efectos ambiguos y no establece obligaciones o afectaciones directas.

Por tanto, se podrán promover nuevas demandas de amparo contra actos concretos y agentes específicos.

Aún falta que el primer tribunal especializado resuelva alguna de las suspensiones a su cargo.
Los jueces Primero y Segundo de Distrito Especializados en Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión consideraron que el decreto que reforma la Ley, incumple los compromisos de México a nivel internacional en materia ambiental debido a la eliminación de los “Certificados de Energía Limpia" (CEL).

La nueva Ley de la Industria Eléctrica con los cambios de la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador fue promulgada luego de su aprobación en el Senado y suspendida hasta las sentencias de amparo de varias decenas de juicios. Con la reforma a esta Ley, será legal ponderar el despacho de hidroeléctricas y plantas de la CFE, además de que se permite que todos los generadores antiguos renovables emitan certificados de energía limpia, se elimina la obligación de la CFE de comprar energía mediante subastas de largo plazo para venta de renovables y se autoriza la revisión y cancelación de permisos de generación si éstos tienen indicios de corrupción.

Según expertos, la inconstitucionalidad de esta reforma se refleja en que el Artículo 1 de la Carta Magna dice que sus ordenamientos se aplican para todas las personas, incluyendo empresas y extranjeros, sin discriminación, mientras los cambios en la Ley de la Industria Eléctrica hacen distinciones para el despacho de energía basados en quién es el generador.


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