domingo, 13 de noviembre de 2022

Se mantiene la Fase I de contingencia ambiental

Zona Metropolitana del Valle de México, 13 noviembre 2022. La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas en la ZMVM, publicados por la Ciudad de México y el Estado de México, dio a conocer el pasado sábado que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Lo anterior, debido a que el sistema de alta presión provocó el estancamiento significativo de los contaminantes, hasta alcanzar una concentración máxima de 163 ppb de ozono a las 17:00 horas, aún se mantendrá afectando al centro del país, por lo que se estima una mala dispersión de los contaminantes precursores del ozono para el día de mañana.

La mañana de este domingo 13 de noviembre, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6 y 8 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “00 y 0”, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8.

Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.

El 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.

Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.

Los taxis con holograma de verificación “1” o “2”, que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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