martes, 28 de diciembre de 2021

El Consejo de Ministros aprueba la reforma laboral, que pone el foco en el freno a la temporalidad

Madrid, 28 diciembre 2021.- El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley que reforma el mercado laboral para poner coto a la temporalidad, devolver el equilibrio a la negociación colectiva e incorporar a la legislación ordinaria los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que sustituirán a los utilizados en pandemia, pero con el mismo objetivo: evitar despidos.

La reforma, que entrará en vigor este miércoles, salvo la nueva regulación de contratos, que lo hará dentro de tres meses, ve la luz en el Consejo de Ministros tras el acuerdo que alcanzó el Gobierno con sindicatos y empresarios la víspera de Nochebuena y con ella se da cumplimiento al objetivo comprometido con Bruselas de tener lista la reforma laboral antes de finalizar 2021.

La reforma pactada por el Ejecutivo y los agentes sociales toca varios aspectos del Estatuto de los Trabajadores, como la contratación y la negociación colectiva, y tiene entre sus principales objetivos la reducción de la precariedad y la temporalidad en España, según resaltó la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

«Vamos a tener un marco laboral que va a cambiar la vida de la gente en nuestro país (…) Esta reforma pasa página a la precariedad en España. Hay jóvenes y mujeres que no han conocido en su vida un contrato de trabajo que no sea basura. Ahora dejarán de tener vidas precarias», subrayó Díaz, quien ha hecho hincapié en que esta reforma laboral «es la primera en más de 40 años que recupera derechos en lugar de recortarlos».

Por ello, la vicepresidenta, que ha agradecido a los agentes sociales su trabajo a lo largo de estos meses para conseguir esta reforma, insistió en que hoy «no es un día cualquiera», sino «uno de los días más importantes del Gobierno de España y de esta legislatura».

La norma establece que el contrato de trabajo ordinario será el indefinido y que sólo podrán hacerse contratos temporales con causas muy tasadas: por circunstancias de la producción y por sustitución de otro trabajador con reserva de puesto de trabajo.

El primero sólo podrá concertarse por incrementos ocasionales imprevisibles de la producción u oscilaciones de la demanda, por un tiempo máximo de seis meses, ampliables a doce si así lo establece el convenio colectivo sectorial de turno.

Esta causa podrá emplearse en situaciones previsibles, como las campañas de Navidad o agrícolas, por un periodo máximo de 90 días al año no consecutivos. De esta forma, subrayó Yolanda Díaz, se expulsará de la legislación laboral el contrato por obra o servicio, que permitía temporalidades que en algunas ocasiones llegaban a los cuatro años.

La reforma penalizará a las empresas que incurran en una rotación abusiva de contratos temporales con una tasa fija, según ha explicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, presente también en la rueda de prensa.

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