jueves, 18 de noviembre de 2021

Senado avala ley para obligar el reciclaje y regularizar a pepenadores

CDMX, 18 noviembre 2021.- El Senado aprobó la Ley General de Economía Circular, la cual obliga el reciclaje, regulariza a los pepenadores y fomenta el cuidado del medio para cumplir con las políticas de cero residuos.

Esta ley establece que busca promover la eficiencia en el uso de los productos, servicios, materiales, materias primas secundarias, subproductos a través de la reutilización, el reciclaje y el rediseño, o cualquier criterio de economía circular, así como la valorización energética.

También señala que los grupos informales de personas dedicadas a la pepena que laboren en cualquier sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos a cargo de los gobiernos municipales o en donde sea vertido lo que es recolectado por el servicio municipal, deberán ser regularizados por las mismas instituciones municipales.

Lo anterior, con el objetivo de mejorar su calidad de vida, incrementar las tasas de recuperación de los materiales reciclables, mejorar la operatividad de los sitios de disposición final y dar cumplimiento a las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

Por ello, los gobiernos municipales serán responsables de regularizar e integrar en un padrón oficial a las personas que realicen alguna actividad de acopio, compraventa, reciclaje y aprovechamiento de los subproductos con valor comercial.

También se menciona que toda persona física o moral cuya actividad sea la fabricación, elaboración, manufactura, producción y distribución de aparatos eléctricos y electrónicos en territorio nacional, que al final de su vida útil se conviertan en residuos, deberán cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas conforme para presentar su plan de manejo.

Según la Unión Internacional de Telecomunicaciones, actualmente en el mundo se desechan cerca de 50 millones de toneladas al año de residuos electrónicos, el equivalente en peso al de todos los aviones comerciales que se han fabricado hasta la fecha.

También se establece que los productos o subproductos que no sean susceptibles de reutilización, reparación, compostaje, reciclaje o de reincorporación a cadenas de valor, podrán utilizarse para transformarse en energía a través de procesos de valorización.

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